COMUNICADO DE PRENSA
Con el fin de responder a consultas sobre algunos mensajes que están llegando a las escuelas, en relación a la Resolución Nº 568/10 que habría sido ratificada por la legislatura (Ley de Emergencia Educativa) y algunas dudas sobre el inicio del receso de invierno, informamos que:
Para que una ley entre en vigencia, luego de su tratamiento en la sesión de legislatura, debe producirse :
- La promulgación firmada por el Gobernador, lo que podría suceder al día siguiente.
- La publicación en el Boletín Oficial.
- Transcurridos ocho días de su publicación se produce la obligatoriedad de su cumplimiento. Por lo tanto, la ley sancionada no tiene aplicabilidad ni puede ser motivo de aprietes o condicionamientos hasta el día lunes 19, en el mejor de los casos. (art. 2 del Código Civil).
La ley no puede operar como se pretende, por lo prescripto legalmente sobre el proceso de entrada en vigencia de esta y cualquier otra ley. Por lo tanto, se sostiene la posición sindical, de desconocer la Res. Nº 568/10 por los motivos ya comunicados.
07/07/2010
Marcelo Guagliardo/ Sec. Gral