Nota al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Republica Argentina

Jueves 8 de julio de 2010, por Aten Provincial // 02. Prensa

Neuquén, 7 de julio de 2010

Al Ministerio de Trabajo,

Empleo y Seguridad Social

de la Republica Argentina

Dr. Carlos Tomada

S….………./…………..D

Nos presentamos ante Ud. con la finalidad de poner en su conocimiento la posición adoptada por la organización sindical con relación a la Res. Nº 568/10 emanada del Consejo Provincial de Educación y por lo tanto solicitar la declaración de su nulidad, por constituir la misma una práctica antisindical de la tipificada en el art. 53 de la Ley 23551.

Por esta norma los representantes del Poder Ejecutivo Provincial en el CPE, han modificado el Calendario Escolar Único Regionalizado (CEUR) el que se había aprobado por Resolución 2200/09, bajo pretexto de ser parte del acta acuerdo firmado entre nuestra organización y el Gobierno de la Provincia de Neuquén el pasado 20 de mayo del corriente año, como culminación de un largo conflicto laboral. Esta modificación implica entre otras cuestiones el recorte de una semana en el receso invernal.

La Resolución Nº568/10 incumple al acta acuerdo firmado entre las partes. La firma de estos instrumentos implica un acto de buena fe, la que debe plasmarse también en los actos posteriores. El acta firmada expresaba:

1) Que la recuperación de días y el consecuente pago de los mismos, se trabajará en el marco del Consejo Provincial de Educación, con la adecuación del calendario escolar para el presente ciclo lectivo, tomando como referencia la normativa vigente para el caso.

Este párrafo suponía una decisión unánime del cuerpo colegiado, que contemplara los planteos de las partes representadas en el mismo y la atención a la normativa vigente para el caso, que no es otra que la Resolución 476/07 del mismo CPE. En esta se determina una estrategia de recuperación de días y contenidos acordada por unanimidad luego del conflicto 2007. No es nada más ni nada menos que a lo que se refiere el acta cuando expresa “tomando como referencia la normativa vigente para el caso”.

El gobierno provincial, firmante del acta, a través de sus representantes en el CPE, impuso sin admitir debate alguno su posición con relación a la modificación del CEUR (Calendario Único Escolar Regionalizado). No sólo esto sino que desconoció el compromiso de plasmar en la misma el mecanismo de devolución de los días de paro efectuados.

En otro párrafo del acta se expresa:

Que atento el estado del presente conflicto y la mesa de diálogo habilitada en el actual estado de cosas, las partes se comprometen: al levantamiento de las medidas de acción directa que se están ejecutando y/o en vías de ejecución por parte de los trabajadores con aprobación de las asambleas y por parte del gobierno a la no aplicación de sanciones a partir de la fecha.

Aquí una nueva falta a la buena fe de quién negocia. De nuestra parte se dio cumplimiento a los compromisos asumidos: se levantaron de las medidas de acción directa que se estaban ejecutando y/o en vías de ejecución.

No obstante, el gobierno ha mantenido el estado del conflicto, con nuevos descuentos de días (los que luego de intensas gestiones fueron devueltos) generando un estado de caos y malestar entre los trabajadores; un alto nivel de agresión verbal mediática hacia la organización y hacia el conjunto de los trabajadores involucrados; ha provocado caos hacia lo interno de las instituciones educativas con órdenes y contraórdenes; ha cerrado injustificadamente horas de cátedra en áreas sensibles del Nivel Medio; etc. Todo esto lejos de colaborar con restaurar un clima propicio de trabajo institucional, ha operado en el sentido contrario.

No obstante lo expuesto, la presidente del cuerpo, señora Patricia Ruiz, ha desautorizado públicamente la norma resuelta unilateralmente por ella. En expresiones emitidas a la prensa que fueron ampliamente difundidas y nunca desautorizadas por la dicente, expresó con relación al cumplimiento de la resolución, que dependía de cada escuela, la que podía tomar decisiones propias según el nivel de acatamiento al paro que hubieran tenido.

De este modo ha generado incertidumbre y caos en todos los establecimientos de la provincia, ya que desarticula, atomiza y rompe con la unidad que debe tener el Sistema Educativo Provincial; generando un calendario escolar individual para cada establecimiento escolar con la finalidad de discriminar, sancionar y en su caso reprimir a los trabajadores que hicieron paro.

La recuperación de días y contenidos acordados no admitía actos arbitrarios, unilaterales y sancionatorios como el resuelto por la presidencia del CPE en clara violación del acta acuerdo firmado el 20 de mayo.

En el mismo sentido se agrava por el pronunciamiento del Cuerpo de supervisores/as de Nivel Primario, que consideran a la Res.568/10 como ilegítima e inaplicable, por los vicios graves generados por las expresiones públicas de parte de la Sra. Patricia Ruiz que contradicen el espíritu de la norma.

La información suministrada a la prensa y transmitida a los establecimientos educativos con relación a la Res. 568/10 por la Presidencia del CPE, en cabeza de la Sra. Ruiz, es demostrativa de que la medida persigue una finalidad sancionatoria, contrario al compromiso asumido por ella (su gobierno) en el párrafo mencionado del acta acuerdo firmada oportunamente.

Dejó en cada director o maestro o profesor, la decisión de trabajar o no una semana del receso, haciendo depender de ello la devolución los días descontados. Esto no se dice en la norma en cuestión, ni puede tenerse por modificación del CEUR como se pretende presentar en sociedad. De ser así debió ser para todo el Sistema, el cual claramente se ha visto afectado por todas las falencias edilicias, presupuestarias y laborares producidas durante esta parte del año.

Estos actos se enmarcan claramente en las acciones consideradas práctica antisindical de las previstas en los incs e) y j) del artículo 53º de la Ley 23551.

La recuperación de días nada tiene que ver, según la posición del gobierno, con la recuperación de los contenidos no impartidos, sino con la intencionalidad discriminatoria de sancionar e identificar a aquel trabajador que hizo ejercicio de los derechos sindicales. Es entonces una represalia por su participación en las medidas de fuerza convocadas legítimamente por la organización que los contiene, y que está legalmente reconocida.

Para finalizar, la Resolución Nº 568/10 no ha sido publicada en el Boletín Oficial, siendo una norma de alcance general y cuyo destinatario es toda la comunidad educativa. No tiene entonces, vigencia legal ni puede ser exigible su cumplimiento.

Por lo tanto, la organización sindical ha convocado a todos los Trabajadores de la Educación de la Provincia de Neuquén a desconocer la Res. 568/10 por los argumentos antes mencionados, amparando a quienes adhieran a ratificar la vigencia de la Resolución 2200/09 (CEUR), por la que se fija el receso de invierno del 12 al 23 de julio.

Atte.

Pablo Grison / Secretario Adjunto

Marcelo Guagliardo / Secretario General