INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL NEUQUEN
Créase el Instituto de Seguridad Social del Neuquén, que estará integrado por la Caja de Previsión Social de la Provincia, creada por Ley N° 178 y la Obra Médico Asistencial de la Administración, creada por Ley N° 42. Será el continuador jurídico de las mismas y sus funciones estarán destinadas a realizar en todo el territorio de la Provincia los fines del Estado en materia de Previsión y Seguridad Social.
El Instituto actuará con Personería Jurídica e individualidad financiera propia, como ente autárquico de la Administración Pública, conforme a las disposiciones de esta Ley y sus Decretos Reglamentarios. Sus relaciones con el Poder Ejecutivo se ejercerán por intermedio del Ministerio de Bienestar Social.
LEY Nº 611 <-- BAJAR


